
La compañía aseguradora Atlantis Seguros piensa en sus clientes, por ello brinda una ventajosa protección de desempleo.
De esta manera, los asegurados de Atlantis que entren en paro y no puedan pagar sus pólizas durante cierto tiempo, no perderán la cobertura y la tranquilidad que los productos de Atlantis ofrecen.
Así, quienes se encuentren en situación de desempleo por un periodo mínimo de 90 días consecutivos y, durante el mismo periodo se produce la renovación de la póliza contratada en Atlantis, se les reembolsará el importe de la prima anual que hayan abonado, con un límite máximo por asegurado de cinco pólizas y 1.000 euros al año.
Para gozar de este beneficio, se establecieron ciertas condiciones:
- Tener contratada una póliza de auto, hogar, caravanas, accidentes personales o vida-riesgo en ATLANTIS.
- Que la póliza esté en vigor y al corriente de pago.
- Tener entre 18 y 65 años.
- Residir en España.
- Ser trabajador por cuenta ajena con contrato indefinido, con una antigüedad mínima de 6 meses.
- Quedarse en paro por causas no imputables a usted.
- Si usted ha contratado su póliza con ATLANTIS antes del 1 de Mayo de 2010:
Quedan cubiertas las situaciones de desempleo producidas a partir del 1 de Mayo de 2009.
- Si usted ha contratado su póliza con ATLANTIS después del 1 de Mayo de 2010: Se establece un periodo de carencia de dos meses desde la fecha de efecto de la póliza
Vía: Atlantis Seguros